Programa deJuventud Trabajadora
Jhonatan Monge Loría, Srio Formación CMTC
La Central del Movimiento de Trabajadores
Costarricenses –CMTC- dará inicio al Programa
“Juventud Trabajadora, Liderazgo y Educación
para la Vida”
La construcción de una sociedad orientada
por un régimen de derecho, introduce como
principio básico, la relación entre sujetos con
derechos y deberes. Es desde el principio
de igualdad que opera un orden social y jurídico
que concilia los intereses de la colectividad con los individuos. Esta constituye la
premisa básica de los derechos humanos.
Una condición para su cumplimiento es una
relación armónica de la equidad y la igualdad.
Es decir además de acceso a las oportunidades
se hace necesario igualdad de derechos y deberes.
Las prácticas culturales de relacionamiento
adolescentes y adultos y las concepciones
jurídicas previas, generan una forma de ejercicio
de poder basada en el rol del primero
como centro de la construcción de la realidad
social (sujeto con derechos y deberes de acuerdo
al planteamiento de los derechos humanos)
y de un niño, adolescente o joven sin derechos
y sin deberes, que redunda en un “objeto”
por lo cual (desde la lógica jurídica) es el
Estado quién debe decidir por él. Esto se
ha denominado Adultocentrismo y el componente
jurídico que históricamente lo respaldo
fue la Doctrina de la Situación Iregular.
Es posible que mediante los procesos de
formación con adolescentes y jóvenes , se
pueda incidir (mediante la argumentación)
en las decisiones que se tienen en torno a este sector de población.
Pensar en la participación ciudadana de la
adolescencia y la juventud es visualizarel modelo de sociedad costarricense
inacabado y en el caso de este sector de
población como una realidad que recién
comienza, en términos jurídicos
desde una perspectiva de la ciudadanía.
Por ello la práctica de conformación del área de la juventud propiciará el desarrollo de
la acción comunicativa. Generar los puentes
de comunicación entre adultos, adolescentes y
jóvenes, constituye una de las formas
de generar un respeto básico a la dignidad ciudadana.
Esto en términos metodológicos se
traduce en la construcción de
espacios de acercamiento, a fin de construir
el mundo de la vida, que para propósitos de esta práctica es tanto la creación
y consolidación de un área de
juventud a lo interno de la Central y
del impacto de esta en la construcción
de una plataforma de acción
ciudadana nacional.
Normas Laborales y Legislación para el Trabajador (a) Autónomo
Carlos Guerrero Varela , Presidente FECOTRA
Las
medidas de protección previstas por
la legislación laboral en Costa Rica no
comprenden en su ámbito de aplicación a
los (as) trabajadores (as) del sector informal
que no perciben un salario sino una
remuneración en especies.
Además, la
legislación laboral no establece una distinción
entre “empleados” y “trabajadores”, al reconocer ciertos derechos
fundamentales a todas las personas,
pero restringiendo el disfrute de esos derechos únicamente a los “empleadores”:
La práctica de tales discriminaciones
debería obligar a revisar la legislación
laboral, a fin de ofrecer una protección
más específica para todos los trabajadores
(as) autónomos en la economía informal
y, como mínimo, velar porque la legislación
sobre cuestiones como los derechos
fundamentales rijan para todos los trabajadores
(as). También habría que lograr
que todos los trabajadores queden aparados
por las prestaciones y las medias de
protección social pertinentes en materia
de previsión social, del trabajo y los demás
beneficios concedidos a la acción
laboral de los empleados.
La reglamentación de ciertas formas de
trabajo en la economía informal, es junto
con otras herramientas tales como la adquisición
de poder y la emancipación
(mediante formación y capacitación), un
medio esencial para mejorar las condiciones
de vida y trabajo de una parte creciente
de la población trabajadora y para reducir
la desigualdad entre las fuerzas de
trabajo formarles e informarles. Con una
reglamentación a diferentes nivelesmencionados
más abajo-se conceden derechos
jurídicamente vinculantes. Sin
bien no resulte siempre fácil imponer
derechos en la práctica, el derecho ofrece
un fundamento para la protección de fuerzas
de trabajo vulnerables que se encuentran
actualmente en un vacío jurídico. La
justicia social también forma la base de
una paz universal y duradera (OIT-1919).
Estamos seguros que la efectividad de los
derechos de los Trabajadores Autónomos
puede garantizarse a través del apoyo jurídico, las acciones de grupo y la presencia
de un buen régimen jurídico.Existen pruebas que demuestran de manera
concluyente que muchos derechos básicos
contenidos en las normas internacionales
del trabajo fundamental relativas a
la libertad sindical, la negociación colectiva,
la no discriminación, y la lucha contra
el trabajo forzoso y el trabajo infantilsuelen ser objeto de infracciones notorias
en el sector informal.
Concretamente, nuestra propuesta va en el
sentido de que debe realizarse una reforma
tanto de la legislación laboral (reforma al
Código de Trabajo) como de la práctica en
materia laboral, con el fin de garantizar los
siguientes principios:
- Reglamentación a nivel nacional: a) que
permita la incorporación plena a todas las
fuerzas de trabajo al derecho laboral regular
y/o al derecho de la seguridad social; o b)
concediendo a una determinada categoría
de fuerzas de trabajo un estatuto jurídico
individual.
- Reglamentación a nivel de las federaciones
profesionales; acuerdos de Negociación
Colectiva sobre las condiciones de trabajo
para fuerzas de trabajo informales trabajan
en el sector.
- Reglamentación a nivel de la empresa que
tiene contratada fuerzas de trabajos informales,
incorporándolas a las convecciones
colectivas existentes o mediante instrumento
jurídicamente apropiado.
A la luz las consecuencias económicas y
políticas de la reglamentación del mercado
laboral informal, es recomendable llevar a
cago la acción jurídica a diferentes niveles
a la vez, reforzando así el impacto de la
acción, siempre que las propuestas sean
coherentes y bien coordinadas.
Elementos fundamentales entre otros
1.- Todos los trabajadores del sector que
sean los no remunerados, los ocasionales,
los independientes y todas las demás categorías
que constituyen la fuerza de trabajo
autónomo en el sector informal de la economía,
tienen los mismos derechos jurídicos
y de protección laboral, que normalmente
ejercen los trabajadores de los distintos
sectores de la economía formal.
2.- Se ha de dar una protección adecuada a
todos los trabajadores, inclusive a los que
desempeñan labores a domicilio y a todos
los demás grupos ocupados en el sector
informal, contra cualesquiera actos de discriminación
antisindical en relación con su
empleo.
3.- Nadie ha de ser obligado, bajo amenaza
de sanciones, a realizar un trabajo para el
que no se haya ofrecido voluntariamente.
4.- Las personas menores de 15 años no
deben trabajar en el contexto de la Declaración, esto implica que los empresarios
del sector informal deberían respaldar los
esfuerzos que se desplieguen para retirar
a los niños del mundo del trabajo e incorporarlos
a la enseñanza básica.
5.- Deben aplicarse las disposiciones del
Convenio sobre la discriminación
(empleo y ocupación), 1958 (núm.111)
En la práctica, esto significa que la formación
profesional impartida en el marco
de la asistencia que se presta al sector
informal debería estar abierta a todas las
personas, sin distinción de raza, color,
sexo, religión, opinión política, ascendencia
nacional u origen social.
6.- También ha de aplicarse en el sector
informal el principio de la igualdad de
remuneración por un trabajo de igual
valor, de conformidad con el Convenio
sobre igualdad de remuneración, 1951
(núm. 100); ello supone que el Estado
tome medidas para promover el cumplimiento
de este Convenio. Cabe señalar
que, dada la gran proporción de mujeres
en la fuerza del trabajo del sector.
Estas consideraciones nos llevan a sugerir
que se amplíe el campo de aplicación
de las normas laborales y de la legislación
del trabajo, a fin de abarcar al sector
informal según una metodología gradual
y selectiva. Esto podría implicar que, en
un comienzo, se preste una atención
prioritaria a las normas fundamentales
del trabajo para, partiendo de esta base,
esforzase luego por obtener el cumplimiento
de la legislación sobre salarios
mínimos, las normas sobre salud y seguridad,
y otros temas. Este enfoque es,
por cierto, coherente con el consenso internacional que se ha forjado en los
últimos años en torno a las normas laborales.
Consejo Nacional de la C.M.T.C
Dennis Cabezas Badilla –Presidente CMTC
CMTCCon
la presencia de las seis Federaciones
Sectoriales afiliadas, se
llevó a cabo en las Instalaciones
del Instituto centroamericano de
Estudios Sociales ICAES, los días
20 y 21 de febrero el Consejo
Nacional Ordinario correspondiente
al año 2009.
El Consejo permitió entre otras
propuestas ratificar el compromiso
de la Central del Movimientode Trabajadores Costarricenses en la
lucha del respeto de los derechos laborales
de todas y todos los trabajadores costarricenses.
Se reafirma la oposición a las medidas
económicas neoliberales que agudizan la
situación económica de la gran mayoría
de las familias costarricenses.
Se acogió por unanimidad los informes
tanto de Actividades como Financiero correspondientes al 2008. Así como se asumió el Programa Nacional de Organización,
Formación y Capacitación.
Programa Todas y Todos Ganan
Miguel Marín Calderón, Srio General FENATI
La Central del Movimiento de Trabajadores
Costarricenses CMTC, la Federación
Nacional de Trabajadores de
la Industria y la Construcción FENATI
y el Sindicato Unitario de Trabajadores
de la Construcción –
SUNTRACS-, han desarrollado durante
los últimos dos años un programa
de atención a Trabajadores Migrantes
atendiendo las necesidades en
materia de estatus migratorio y defensa
de los derechos laborales y organización
de este sector.
En el marco del programa Todas y Todos
Ganan, en coordinación con la Pastoral
Social de la Iglesia Católica, han
creado el Centro de Derechos Laborales
(CDL), instrumento que permite atender
a trabajadores de la Construcción,
Trabajo Domestico, Seguridad Privada,
Agroindustria, entre otras, en asesoría
en materia laboral.
Dentro de la propuesta desarrollada por
las Organizaciones han iniciado un proceso
de capacitación y formación con el
apoyo de la Universidad La Salle, con elfin de capacitar a un grupo de trabajadores
y trabajadoras de los sectores
antes mencionados en derecho individual
y colectivo, que les permita fortalecer
las capacidades de organización a
este sector de la sociedad.
Ya se cuenta con la participación de 50
compañeros y compañeras en la capacitación
en materia de organización y
derecho laboral.
Persisten deficiencias en curso lectivo
Oficina de Comunicación ANDE
El pasado 16 de febrero dio inicio
el curso lectivo correspondiente al
período 2009, alrededor de un millón
de niños, niñas y adolescentes
llenaron de vida las aulas de los
diferentes centros educativos de
nuestro país.
El inicio del curso lectivo trajo consigo
las mismas deficiencias y anomalías
que en años anteriores.
Pese a las constantes llamadas de
atención al Ministro de Educación
y a su equipo de trabajo, para evitar problemas de nombramientos, de
prórrogas, de traslados, problemas
de pagos y de mobiliario, no fue
posible que el Ministerio MEP lograra
planificar adecuadamente este
inicio de clases.
Este año, la ANDE realizó una evaluación
en las diferentes zona, por
medio de los miembros de la directiva,
de los promotores y de los
asociados, quienes volvieron a manifestar
su disconformidad por el
desorden en los nombramientos, la falta mobiliario en los centros educativos,
además de las inconsistencias
en la aplicación del nuevo Reglamento
de Evaluación.
El Sr. Alexander Ovares, Presidente
de la ANDE señaló que es necesario
que se ejecuten controles más
estrictos en las diferentes unidades
de gestión, para que se corrijan
muchas de las anomalías que se
repitan año con año.